martes, 30 de octubre de 2012

Actividad sanitaria de los Servicios de Prevención - Análisis actualizado del RD 843/2011

Adjunto análisis comentado del RD 843/2011, actualizado con las disposiciones normativas y criterios de organismos oficiales que han ido matizando su contenido. (Para consulta rápida: cuadro-resumen http://bit.ly/SuVki9)

martes, 16 de octubre de 2012

Relación entre despido por ineptitud sobrevenida, vigilancia de la salud y reconocimiento de incapacidades

En el presente artículo, veremos, a través de las sentencias promulgadas durante los últimos años, cuál es el tratamiento que los Tribunales otorgan al despido la causa objetiva de ineptitud sobrevenida, fundamentado en la vigilancia de la salud.


viernes, 21 de septiembre de 2012

Aspectos jurídicos de la Formación PRL

En la presente entrada, recopilaremos distintos aspectos jurídicos concernientes a la formación en PRL, tales como su contenido, requisitos, idoneidad del formador, costes y tiempo dedicado, certificación, consecuencias de su incumplimiento, etc., apoyándolos cuando proceda, en la jurisprudencia y en el criterio de la Dirección General de Trabajo.

Empezando de lo más amplio, a los más concreto:

miércoles, 25 de julio de 2012

Calamidades PRL alrededor del mundo, reflexiones y agradecimientos

Ante la cercanía de las vacaciones, no he podido resistir elaborar una entrada del blog menos cargada de temática jurídica, compartiendo algunas fotos y reflexiones de viajes que he realizado a distintos y distantes países.

lunes, 16 de julio de 2012

Reflexiones jurídicas sobre la especial sensibilidad en PRL


Aprovechando mi participación en el XI Congreso Español de Medicina y Enfermería del Trabajo (CEMET 2020: https://xicemet2020.com/programa) actualizo el presente artículo sobre el tema de los Trabajadores Especialmente Sensibles, que también tuve ocasión de tratar en el Congreso Nacional de Medicina e Enfermería en el Trabajo de 2016 (http://www.congresonacionalmet2016.com/index.php/programa).




La protección de los trabajadores especialmente sensibles es un aspecto siempre controvertido, por cuanto dicho concepto genera multitud de interpretaciones, algunas excesivamente generalistas (contemplar en todos los puestos de trabajo la posible presencia de un trabajador sensible), o maximalistas (elaborar un listado de trabajadores sensibles), o simplistas (asimilar sensibilidad y discapacidad o patología).


miércoles, 4 de julio de 2012

Modalidades preventivas, especialidades, especialistas y otros aspectos

Las modalidades preventivas son uno de los aspectos más controvertidos de regulación de la PRL, tanto por su efecto limitante respecto de la intervención de profesionales libres, como por las numerosas incertidumbres que mantienen a pesar de reiteradas reformas legislativas: capacitación exigible para la asunción empresarial, coordinación entre trabajadores designados y modalidad externa, papel asesor-impulsor-decisorio del SPP en la empresa, límite del SPM para que no actúe como SPA encubierto, multidisciplinariedad-medios-rentabilidad de los SPAs, excesiva externalización frente a la integración de la PRL en la empresa, efecto disuasorio de la auditoría, etc.

lunes, 25 de junio de 2012

Acceso documentación PRL Delegados de Prevención: ¿lectura o copia?

En la presente entrada reflejaré una controversia quizás ya superada, entre si la expresión legal tener acceso referida a la documentación PRL, por parte de los Delegados de Prevención (DDPP) debe interpretarse en sentido literal, siendo suficiente la exhibición del documento en las dependencias de la empresa, o en sentido teleológico, incluyendo la obligación empresarial de entregar una copia de la misma (ya sea en papel o en soporte informático).

jueves, 14 de junio de 2012

Subcontratación de exámenes de salud

La publicación del RD 843/2011 (art. 6 a 10), que regula la actividad sanitaria de los SP, ha supuesto la modificación de la prohibición de subcontratar exámenes de salud por parte de los Servicios de Prevención (ya sean Propios, Mancomunados o Ajenos).

lunes, 4 de junio de 2012

…y hasta 7 delitos PRL

Si pensamos en el ámbito penal de la PRL a todos nos vendrá a la mente el delito de riesgo contra la seguridad de los trabajadores (artículos 316 a 318 CP) y los delitos de resultado de homicidio o lesiones imprudentes.

martes, 29 de mayo de 2012

11 tipos de litigios PRL en Juzgados de lo Social

Las personas jurídicas (empresa principal, contratista, subcontratista, empresa concurrente, servicio de prevención ajeno, fabricante…) y las físicas (empresario, técnicos, sanitarios, coordinador de seguridad y salud, promotor, autónomos…) pueden verse citados ante un Juez por diversos motivos relacionados por la PRL.

lunes, 21 de mayo de 2012

Pertenecer o no al anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención


La presente entrada reflexiona sobre el criterio para determinar si una empresa pertenece o no al anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP), así como el resumen de las consecuencias que tiene en distintos ámbitos de actuación en PRL.

lunes, 14 de mayo de 2012

El valor de la negativa del trabajador

La negativa del trabajador en aspectos relacionados con la PRL puede tener implicaciones muy distintas; desde constituir un incumplimiento laboral sancionable, al ejercicio de un derecho legítimo, o a la opción ante una medida voluntaria.

lunes, 7 de mayo de 2012

Consideraciones jurídicas sobre la investigación de accidentes


Vaya por adelantado que no pretendo cuestionar la metodología de investigación de accidentes, ni la conveniencia de que sea realizada o revisada por un técnico, ni la importancia de establecer todas las causas posibles (directas o indirectas), ni el propio hecho de que deban investigarse no solo los accidentes sino cualquier daño a la salud de los trabajadores, así como los incidentes (cobrando gran importancia los cauces de notificación).

jueves, 3 de mayo de 2012

Dos consideraciones PRL sobre el RD-Ley 16/2012, medidas urgentes sostenibilidad Sistema Nacional de Salud. 

El RD-Ley 16/2012 se ocupa principalmente de aspectos no relacionados con la PRL. No obstante, encontramos dos extremos que sí merecen comentario:

1.- La exención de aportación farmacéutica de los usuarios en tratamientos derivados de acidente de trabajo o enfermedad profesional:

El artículo 94.bis regula la aportación de los beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria, en función de los porcentajes establecidos en su apartado 5.

No obstante, el apartado 8 establece que estarán exentos de aportación, los usuarios y sus beneficiarios que pertenezcan a una de las siguientes categorías:
...
e) Los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Por lo tanto, los trabajadores que reciban tratamiento farmacéutico como consecuancia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, estarán exentos del co-pago o re-pago.

2.- La no-derogación del concepto de accidente de trabajo, recogido en el artículo 115.1 de la Ley General de Seguridad Social.

La disposición derogatoria única establece que queda derogado el artículo 115.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo.

Este precepto puede dar lugar a confusión, por cuanto el texto refundido de la Ley General de Salud Pública vigente, el Real Decreto Legislativo 1/1994, regula en su artículo 115.1 el concepto de accidente de trabajo: se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena

No obstante, el precepto derogado no es éste, sino el mismo artículo 115.1 de la anterior Ley General de Seguridad Social, el Decreto 2065/1974 que continua vigente en algunos extremos http://bit.ly/Jgq2VI (como curiosidad, no podría ser un Real Decreto, por cuanto no había Rey en esa fecha).

El artículo en cuestión regula un aspecto muy específico de movilidad funcional de determinados profesionales sanitarios:


1. Cuando las circunstancias geográficas, demográficas y laborales de una localidad lo aconsejen, a juicio y según las condiciones que al efecto fije el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a propuesta de la Entidad gestora, los médicos, practicantes y matronas titulares de los servicios sanitarios locales tendrán el derecho y el deber, exclusivamente por el tiempo que dure su nombramiento como tales, de desempeñar los servicios sanitarios correspondientes, respectivamente, a plazas de médicos generales, practicantes y matronas del Régimen General de dicha localidad.

Por lo tanto, en nada afecta el RD-Ley publicado a la regulación y concepto de acidente de trabajo.

Saludos.
Comentario y presentación de las novedades legislativas PRL de 28 a 28 de abril, expuesto el día de la Seguridad y Salud organizado por la Sociedad de Prevención de Asepeyo:

Aprovecho esta entrada para recopilar:

- La entrevista previa de resumen y comentario:
http://www.slideshare.net/spasepeyo/entrevista-aj-nov-legprl
- La presentación en Power Point:
http://bit.ly/IJ6Az6
- El video de la jornada:
http://bit.ly/xKMQAg

Saludos.

miércoles, 2 de mayo de 2012

Hola a todos/as,
Con este mensaje inicio mi andadura en el mundo de los blogs.
Desde mi trabajo de responsable de Asesoría Jurídica de Servicio de Prevención Ajeno debo lidiar diaramente con los avatares jurídicos del complejo ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales (o #PRL si nos ponemos en lenguaje twitter).
Soy partidario de compartir y difundir el conocimiento y por eso sigo a gente experta en la materia, estoy atento a los pronunciamientos de los organismos oficiales y participo en foros, ponencias y jornadas divulgativas.
Como indica el título del blog, mi aportación se centrará en los aspectos jurídicos de la PRL, desde el comentario de normativa y sentencias, a las consideraciones legales que encontramos detrás de cada esquina, ya sea por una calificación de aptitud, negativa a usar un EPI, determinación de la obligatoriedad de un examen de salud, elección de la modalidad preventiva, recepción de una Acta de Infracción, consulta y participación de los delegados de prevención, imputación de responsabilidad penal, protección de trabajadores especialmente sensibles, investigaciones de accidentes de trabajo, etc. 
Saludos.