El comentario de la presente sentencia (TSJ País Vasco, Sala Social, de 30 de mayo de 2017, num. 1238/2017: http://bit.ly/2xXDfEZ) nos permite reflexionar sobre el alcance del deber de adaptar el puesto de trabajo a la subjetividad del trabajador, que en este caso, supone una especial sensibilidad por alergia a un producto presente en los auriculares que normalmente utiliza la empresa, dentro de su función de gestor telefónico.
jueves, 5 de octubre de 2017
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