De las notas de prensa... al contenido real de las sentencias.
Recientemente, en mayo de 2025, se ha publicado la siguiente nota de prensa, a pesar de que la sentencia es de junio de 2024.
De la lectura del titular parecería que lo más importante ha sido la solicitud y denegación del teletrabajo.
No obstante, como se apreciará si se lee su contenido (adjunto el enlace a la sentencia del TSJ del País Vasco, Sala Social, Secc 1 de 11 de juni ode 2024, núm. 1456/2024), el aspecto clave no es tanto la cuestión del teletrabajo como el hecho de que la empresa no realizó una Vigilancia de la Salud específica en función de los riesgos psicosociales que se habían puesto de manifiesto, realizó un reconocimiento médico estándar sin analizar la salud psíquica de la persona.
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/03df1cb4d75d8058a0a8778d75e36f0d/20250521