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jueves, 31 de octubre de 2019

Reflexiones para el cambio de 10 paradigmas en la imputación/investigación de técnicos en PRL





Introducción:

La Circular 4/2011 de la Fiscalía General del Estado (http://bit.ly/CFisc411) sobre siniestralidad laboral, establece respecto de la imputación de los técnicos de prevención del delito de riesgo del artículo 316 del Código Penal, que aún siendo un supuesto de difícil concreción, tal responsabilidad podría producirse cuando la evaluación de riesgos sea incompleta o no prevea determinados riesgos específicos por causas imputables directamente al técnico.

jueves, 4 de agosto de 2016

Comentario sentencia: Condena penal sin accidente (AP A Coruña, Sec 2ª, num. 185/2016)

Texto íntegro de la sentencia comentada: http://bit.ly/2awTP3B también disponible en http://bit.ly/DocPRL.


Resumen: 

Como ya hemos comentado en otros artículos (http://bit.ly/RPenalPRL), en la PRL cabe la posibilidad, aunque no es muy frecuente, de que se abra un procedimiento penal, aún en el supuesto de que no haya ocurrido ningún accidente, por la puesta en peligro de la vida o integridad de los trabajadores.

Se trata del delito de riesgo tipificado en los artículos 316 a 318 del CP, que suele concurrir con los de resultado de homicidio o lesiones imprudentes, pero que no tiene porqué hacerlo, pudiendo fundamentar una causa penal por si mismo.


jueves, 22 de enero de 2015

Los cerros de Úbeda en procedimientos penales de PRL

El presente artículo, que parte del respeto y consideración a la difícil labor de los profesionales implicados en investigar y enjuiciar posibles delitos en el complejo ámbito de la PRL, pretende aportar elementos de reflexión y debate sobre la creciente criminalización de dicho campo; en procedimientos cuyo origen e intención puede ser propiciar la reparación económica del daño, en los que se alcanza rápidamente un gran número de imputados y se vislumbran penas de prisión elevadas por la suma de delitos de riesgo y resultado.

lunes, 4 de junio de 2012

…y hasta 7 delitos PRL

Si pensamos en el ámbito penal de la PRL a todos nos vendrá a la mente el delito de riesgo contra la seguridad de los trabajadores (artículos 316 a 318 CP) y los delitos de resultado de homicidio o lesiones imprudentes.